(EDICIÓN) Imagen vía Storyblocks
Este martes el Tribunal Supremo de Estados Unidos rechazó una propuesta para modificar las reglas que rigen las ventas de propiedades embargadas por deudas fiscales, manteniendo intacto el sistema utilizado por los gobiernos locales para recuperar impuestos impagados.
La decisión se produjo tras el caso de una familia de Michigan, cuya vivienda fue vendida en una subasta fiscal por menos de la mitad de su valor de mercado para cubrir una deuda tributaria superior a los 2 mil dólares, argumentara que sus derechos fueron vulnerados, ya que la casa podría haber alcanzado un precio cercano a los 200 mil dólares si se hubiera comercializado a través de los canales tradicionales del mercado inmobiliario.
Sin embargo, las autoridades del condado de Isabella defendieron que las propiedades subastadas por ejecución hipotecaria suelen venderse a precios inferiores debido a las condiciones particulares de este tipo de procesos, que frecuentemente exigen pagos completos en efectivo y no permiten el financiamiento mediante hipotecas.
El condado también sostuvo que obligar a que las ventas por ejecución hipotecaria alcancen valores similares a los del mercado abierto dificultaría seriamente la recuperación de impuestos atrasados y podría comprometer la viabilidad de estos procedimientos.
La resolución del Supremo llega tres años después de otro fallo relevante relacionado con embargos fiscales. En aquella ocasión, los jueces determinaron que los gobiernos locales no podían quedarse con el excedente obtenido en una subasta una vez cubierto el monto de los impuestos adeudados.
Ese caso involucró a una mujer de 94 años en Minnesota, cuyo condado retuvo aproximadamente 40 mil dólares procedentes de la venta de su condominio después de que acumuló una deuda fiscal cercana a los 2 mil 300 dólares.
Con la decisión más reciente, el máximo tribunal estadounidense mantiene las normas actuales para las ventas por ejecución hipotecaria derivadas de impuestos impagados, respaldando la posición de los gobiernos locales en los mecanismos de recaudación fiscal.